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Presentación
CONSTITUYENTE,
AUTONOMÍAS, SOBERANÍA Y LEGITIMIDAD
El domingo anterior se llevaron a cabo,
con total normalidad, las elecciones para elegir a 255 Constituyentes, en forma
simultánea al Referéndum sobre autonomías departamentales. Tal vez por la
reiterada gimnasia electoral a la que ha sido sometida la población boliviana
durante los últimos años, sumada a la pobrísima campaña proselitista respecto a
propuestas o argumentos que pudieron haber orientado a la ciudadanía respecto a
las consultas convocadas, más que entusiasmo o debate, tuvimos que contentarnos
con una jornada cívica en la que, posiblemente como no sucediera en otras
oportunidades, reinó la resignada
desorientación.
Y tiene sentido hablar en pasado, pues
los resultados arrojan algunas ganancias para algunos, pero mayores pérdidas
para todos, todo como consecuencia directa de haber sobrecargado las
expectativas sobre lo que podrá resultar de la Asamblea Constituyente,
nueva CPE incluida, y la absurda
polarización en la que se colocó el tema autonómico.
Con la
aguda aceleración del tiempo y de los momentos y episodios que nos tocan
sobre/vivir, ya no queda mucho margen para la retórica fácil y ordinaria ni
para las consignas y conceptos huecos, es decir, carentes de contenido real y
distantes de conceptos actuales., algunos de los cuales vale la pena recordar.
SOBERANÍA
Para la Academia, calidad de
soberano. | Autoridad suprema del poder público. En el terreno jurídico, el
problema de vieja y tradicional discusión es el de determinar en quién recae la
soberanía, solución que depende del punto de vista que se adopte. Sánchez
Viamonte, escribiendo sobre el constitucionalismo, ha explicado con acierto y
claridad que, en las repúblicas democráticas, no puede haber más soberanía
interna o externa que la popular, por lo que, desde un punto de vista político,
la soberanía es la voluntad de la mayoría, si bien la validez de la expresión
de la voluntad mayoritaria ha de estar sujeta a su conformidad con el
ordenamiento jurídico, precisamente porque la democracia es el Estado de
Derecho, sometido a éste en la totalidad de su existencia y manifestación, de
modo que la soberanía política quede subordinada a la soberanía jurídica,
problema vinculado con los de la vigencia constitucional y de la supremacía de la Constitución. El
mismo autor llega a definir la soberanía diciendo que es la plenitud lograda
por la voluntad política del pueblo para determinarse y para manifestarse, de
suerte que está comprendida en ella la autolimitación o la sujeción de
determinadas normas, establecidas como condición para su validez, y así, las
formas jurídicas adquieren la importancia y jerarquía de condiciones impuestas
a la soberanía... y de cuyo cumplimiento depende la legitimidad y validez de la
voluntad política .
SOBERANO
En
Derecho Político llámase así el titular de la soberanía (v.); o sea, quien
ejerce o posee la autoridad suprema e independiente. Lo que tradicionalmente se
viene discutiendo es a quién pertenece esa titularidad: al rey, para quienes
defienden el origen divino de las monarquías absolutas o de las dictaduras
carismáticas; al pueblo, en las democracias o Estados de Derecho.
LEGALIDAD
I.
Definición. 1. Calidad o atributo que posee una conducta o acto jurídico
realizados de acuerdo a lo establecido en la ley. II. Ejemplo. La autoridad
requerida en forma debe prestar el auxilio sin que le corresponda calificar el
fundamento con que se le pide, ni la justicia o legalidad de la sentencia o
decreto que se trata de ejecutar (COT., 6)). III. Indice. CPC., 14; COT., 6.
IV. Etimología. Del latín medieval legalitas, -tis, de igual significado,
derivado de legalis, -e legal , y éste de lex, legis ley . V. Traducción.
Francés, Légalité; Italiano, Legalitá; Portugués, Legalidade; Inglés, Legality;
Alemán, Gesetzlichkeit, Gesetzkmässigkeit.
Calidad de legal
(v.). | Régiman político estatuido por la ley fundamental del Estado. En este
último sentido se habla de gobierno legal con referencia al establecido de
acuerdo con las normas de la Constitución. Por ello, los gobiernos de facto
son insanablemente ilegales, salvo cuando proceden de una revolución triunfante
para un cambio de régimen y hasta tanto se sancione la nueva Constitución por
el Poder Constituyente.
LEGITIMIDAD
Calidad
de legítimo (v.), de lo que es conforme a las leyes. | Lo cierto, genuino y
verdadero en cualquier línea. La expresión se emplea especialmente en la
relación peternofilial, así como en todo aquello que se otorga o realiza de
acuerdo con las leyes. (V. HIJO LEGITIMO, LEGALIDAD.)
En un
mundo en el que los países y los pueblos son cada vez más interdependientes,
resulta caduco hablar o pensar en soberanías absolutas o decisiones
absolutamente soberanas. Estos conceptos, a diferencia de años, o mejor, de
siglos pasados, se encuentran condicionados por una serie de factores internos
y externos (dependencia económica, factores de poder, grupos de presión,
bloques de países, tendencia globalizadora, intermediación mediática,
demagogia, neocolonialismo, exclusiones,
discriminaciones raciales, sociales, culturales, políticas, económicas,
tecnológicas), lo que nos invita a realizar algunos apuntes sobre el evento
electoral llevado a cabo de pasado domingo 2 de julio, para elegir a 255
Constituyentes y el Referéndum Vinculante sobre las Autonomías Departamentales.
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El MAS obtuvo algo más del 50% y el resto se repartió entre 16
organizaciones, con lo que el partido de gobierno y sus aliados tienen muchas
posibilidades de lograr los 2/3 de votos necesarios para tomar decisiones.
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En cuanto a las Autonomías, 4 Departamentos votaron por el SI, 5 por el NO,
el conteo nacional dice que el 45% de la ciudadanía se inclinó por el SI, el
55% por el NO, por lo que, en el necesario juego de mayorías y minorías
inherentes a la democracia y la absurda polarización que se indujo sobre el
carácter vinculante, la soberanía de la Constituyente y la
redacción de una nueva CPE, que, en caso de ser aprobada, deberá ser sometida a
otro Referéndum, en muchas interpretaciones y a pocos días de realizarse, hoy
ya no sabemos si el SI es SI o si el NO
es NO y respecto a qué, para qué y para quiénes. Vaya forma de profundizar la
democracia y dividir al país a y a sus desorientados habitantes.
Bajo
tales resultados, asumiendo que no hubieron pactos o acuerdos
pre-constituyentes, tampoco propuestas ni agenda, menos socialización, si van a ser 1, 2 ó 3 caudillos políticos los
que definirán todos y cada uno de los artículos de la nueva CPE y de la
proclamada refundación del país, cabe preguntarse para qué servirá el show de
255 ilustres representantes que sólo se representarán a sí mismos ante una
Asamblea en la que, por ahí, ni siquiera les permiten levantar las manos o
abrir el pico y no es esta clase de Asamblea ni de Asambleístas los que eligió
un soberano poco soberano el pasado domingo
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